Contrato marco de locación de servicios del inspector externo
Versión 1.0 · Actualizado el 13/10/2026
Conste por el presente documento el contrato marco de locación de servicios que celebran, de una parte, JJ PARTNERSHIP S.A.C. (en adelante, «PartnerShip»), con RUC N° 20601778085 y domicilio fiscal en Av. Costanera 1300-1, Oficina 301, San Miguel, Lima, Perú; y de la otra, la persona cuyos datos constan en su cuenta de la plataforma PartnerShip (en adelante, «el Inspector»), que lo acepta por medios electrónicos.
Primera. Objeto
El Inspector prestará a PartnerShip, de manera independiente y cuando acepte cada encargo, servicios de inspección marítima y portuaria (supervisión de carga y descarga, draught survey, inspecciones de condición, bodegas, daños y otros afines). Este contrato fija las condiciones generales; cada servicio concreto se acuerda al aceptar una oferta o asignación en la plataforma, donde constan el buque, el puerto, las fechas y el alcance.
Segunda. Naturaleza de la relación
- Se trata de una locación de servicios regulada por los artículos 1764 y siguientes del Código Civil. No existe relación laboral ni subordinación.
- El Inspector decide libremente si acepta o no cada encargo. No aceptar un encargo no genera penalidad.
- El Inspector organiza su trabajo con autonomía técnica, sin perjuicio de cumplir los procedimientos, estándares de calidad y requisitos de seguridad del cliente y del terminal, y de registrar la actividad en la plataforma, que es el soporte del servicio frente al cliente.
- El Inspector puede prestar servicios a terceros, con las limitaciones de la cláusula de confidencialidad y no captación.
Tercera. Retribución y pago
- La retribución de cada servicio se calcula con las tarifas acordadas con el Inspector y registradas en la plataforma (por jornada, por servicio, por hora de espera o de viaje, según corresponda), más los gastos autorizados que deban reembolsarse.
- Terminado y aprobado el servicio, PartnerShip envía al Inspector una liquidación por la plataforma. El Inspector la acepta u observa; con su conformidad emite el recibo por honorarios electrónico y lo carga en la plataforma.
- PartnerShip paga por transferencia a la cuenta registrada por el Inspector dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la recepción del recibo por honorarios, salvo que se haya acordado otro plazo y conste registrado en la plataforma.
- PartnerShip efectúa la retención del impuesto a la renta de cuarta categoría cuando corresponda según la normativa tributaria, salvo que el Inspector acredite la suspensión de retenciones. La retención se aplica sobre el honorario y no sobre los gastos reembolsados.
- Los gastos se reembolsan solo si fueron autorizados y se sustentan con comprobante válido, registrados en la plataforma indicando quién los autorizó.
Cuarta. Obligaciones del Inspector
- Prestar los servicios con diligencia, conocimiento técnico y buena fe.
- Contar con los seguros, exámenes y documentos que exija cada terminal o cliente (incluido el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo cuando corresponda) y mantenerlos vigentes.
- Usar su propio equipo de protección personal y herramientas, salvo pacto distinto para un servicio.
- Registrar en la plataforma información veraz y oportuna: horas, eventos, fotos, mediciones y gastos.
- Cumplir las normas de seguridad del terminal, del buque y de la autoridad portuaria.
- Mantener actualizados sus datos de contacto, bancarios y tributarios.
Quinta. Obligaciones de PartnerShip
- Informar el alcance de cada servicio y la información necesaria para prestarlo.
- Gestionar los accesos a terminales que correspondan a PartnerShip.
- Liquidar y pagar la retribución en los términos de la cláusula tercera.
Sexta. Confidencialidad y no captación
- El Inspector guardará reserva sobre la información de PartnerShip, sus clientes, buques, cargas y operaciones a la que acceda, durante la vigencia del contrato y después de terminado.
- El Inspector no ofrecerá directamente sus servicios a los clientes que conozca a través de PartnerShip, para los mismos servicios, durante la vigencia del contrato y los doce (12) meses siguientes a su terminación.
Séptima. Entregables y propiedad intelectual
Los reportes, fotos, mediciones y registros producidos en cada servicio pertenecen a PartnerShip, que podrá usarlos y entregarlos a sus clientes. El Inspector cede a PartnerShip los derechos patrimoniales sobre esos entregables en la medida necesaria para ese fin.
Octava. Responsabilidad
El Inspector responde por los daños que cause en la prestación de sus servicios. Salvo dolo o culpa inexcusable, su responsabilidad frente a PartnerShip se limita al monto de los honorarios del servicio en que se produjo el daño. No se exige al Inspector un seguro de responsabilidad civil, salvo que un cliente o terminal lo requiera para un servicio determinado.
Novena. Vigencia y terminación
El contrato es de plazo indeterminado y rige desde su aceptación. Cualquiera de las partes puede terminarlo en cualquier momento comunicándolo por escrito o por la plataforma. Los servicios ya aceptados se completan o se liquidan hasta lo efectivamente prestado. PartnerShip puede resolverlo de inmediato ante información falsa, incumplimiento de las normas de seguridad o de confidencialidad.
Décima. Datos personales
El tratamiento de los datos del Inspector se rige por la Política de privacidad de PartnerShip, que el Inspector declara conocer y aceptar.
Undécima. Aceptación electrónica, ley y jurisdicción
El Inspector acepta este contrato por medios electrónicos en la plataforma, lo que tiene plena validez conforme a los artículos 141 y 141-A del Código Civil. La plataforma conserva el registro de la versión aceptada, la fecha, la dirección IP y el navegador. Este contrato se rige por las leyes del Perú. Para cualquier controversia, las partes se someten a la competencia de los jueces y tribunales del Cercado de Lima.